domingo, 27 de julio de 2008

El juicio oral y público

El gran número de casos en una misma y única causa y la complejidad de la investigación llevó al juez federal Guillermo Labate a la decisión de segmentarla, reuniendo en un primer segmento aquellos casos que ya contaban con prueba, para no dilatar la elevación a juicio, decisión que fue acompañada por la APDH y otros querellantes. Esto no impide la continuidad de la investigación de todos los casos, con el resultado de un segundo segmento, en que actualmente se han producido numerosas indagatorias que desembocarán en los procesamientos de los imputados, por un importante número de víctimas.
El resultado de tal decisión es la concreción del primer juicio oral y público ante el Tribunal Oral Federal de Neuquén, habiéndose fijado el 11 de agosto de 2008 como fecha de inicio del debate.


En el banquillo de los acusados se sentarán:
  • Luis Alberto Farías Barrera, Jefe de la División I (Personal) de la VI Brigada de Infantería de Montaña. Si bien formalmente se dispuso su traslado a partir del 15/12/76, existen constancias de que ha continuado actuando en la zona hasta el 31/12/76.
  • Oscar Lorenzo Reinhold, auxiliar con el grado de Mayor de la División II Inteligencia de la VI Brigada, a cargo de la jefatura de esa División, y luego jefe de la misma.
    Enrique Braulio Olea, Jefe del Batallón de Ingenieros de Construcciones 181, a cargo del Área 5.2.1.
  • Hilarión de la Pas Sosa, oficial médico a cargo de la Sección Sanidad de la VI Brigada de Infantería de Montaña.
  • Mario Alberto Gómez Arenas, Jefe del Destacamento de Inteligencia 182, Neuquen.
  • Jorge Eduardo Molina Ezcurra, oficial del Destacamento de Inteligencia 182.
  • Sergio Adolfo San Martín, oficial del Destacamento de Inteligencia 182. Tanto Molina Ezcurra como San Martín, junto con Di Pasquale (hoy prófugo), fueron los únicos oficiales del Destacamento y, por tanto, constituían la plana mayor del mismo.
  • Francisco Julio Oviedo, suboficial en el Destacamento de Inteligencia 182.

Los delitos por los que se acusa a esos imputados son: asociación ilícita, privación ilegal de la libertad y tormentos, en perjuicio de las siguientes víctimas:

  • Oscar Alfredo Ragni (desaparecido)
  • Edgardo K. Kristensen
  • Norberto Osvaldo Blanco
  • Rosa Marta De Cea González
  • Antonio Enrique Teixido
  • Juan Carlos Venancio
  • Benedicto del Rosario Bravo
  • Oscar Alberto Paillalef
  • Rubén Obeid
  • Francisco Alberto Ledesma
  • María Cristina Lucca
  • Marta Inés Brasseur
  • Graciela Inés López
  • Pedro A. Trezza
  • María Celina Rucchetto
  • Islanda Becerra
  • David Antonio L. Lugones

Desde la Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén convocamos a asistir y acompañar este histórico juicio, para obtener finalmente la verdad y la justicia que necesitan, después de un largo tiempo de impunidad, no sólo las victimas y familiares, sino toda la sociedad argentina victimizada por el terrorismo de estado, para aspirar a una sociedad que se respete a sí misma exigiendo la vigencia efectiva de los derechos fundamentales de las personas.

La causa llega a Neuquén

A fines del año 2001 la Dra. Mirta Mántaras, abogada de la APDH, pide a la Cámara de Bahía Blanca que se reinicien los juicios penales, previa declaración de que “los hechos investigados son delitos de lesa humanidad, que son delitos del derecho internacional, violatorios de la convención sobre genocidio, que carecen de eficacia las leyes internas de impunidad y de prescripción...”, solicitando nuevamente se decrete la invalidez y nulidad de las leyes internas de impunidad. Ello, aún con anterioridad a que tal nulidad fuera decidida por la Corte Suprema de Justicia y antes de que el Congreso declarara la nulidad de esa ley. Por diversas razones no fue resuelto rápidamente ese pedido (dificultades de constitución de la Cámara, etc.). Finalmente, la Cámara se declaró incompetente y ordenó –sin considerar el pedido de nulidad de las leyes- que las causas debían pasar a los Juzgados Federales Penales de primera instancia de cada lugar donde se hubieran cometido los delitos. Ellos debían decidir la nulidad de la ley y continuar la investigación de los crímenes denunciados.
Es así como, en noviembre de 2005, llegan al Juzgado Federal de Neuquén, a cargo del Dr. Guillermo Labate, los casos correspondientes a esta zona, englobados en una única causa, la 8736 caratulada “Reinhold Oscar Lorenzo y otros s/Delitos c/la libertad y otros”.
Inmediatamente de ingresar la causa al Juzgado Federal, la APDH se presentó en la misma como querellante, admitiéndosela en tal carácter. Asímismo, numerosas víctimas asumieron la condición de querellantes con el patrocinio de los abogados de la APDH.
Para la reanudación de los juicios penales, el Dr. Labate debió considerar previamente el pedido de la Dra. Mántaras, lo que hizo favorablemente decretando la nulidad de la ley 23.521 y calificando a los crímenes en investigación como de lesa humanidad, por tanto imprescriptibles, inamnistiables y extraditables.
Desde entonces hasta el presente, se reunieron elementos probatorios, cuya obtención es difícil y trabajosa por el tiempo transcurrido, sobre todo la prueba referida a informes y documentación militar, siempre retaceada. Tanto el Juzgado –con la colaboración de un equipo encabezado por la Secretaria Dra. Silvina Domínguez- como la Fiscalía, ésta con el valioso aporte de la Dra. Cristina Beute, han realizado un enorme esfuerzo en el armado del rompecabezas creado por la metodología represiva para asegurar impunidad.
En este lapso, gracias a la investigación realizada y a la necesidad de lograr finalmente una condena por tanto horror, se sumaron a los casos remitidos por la Cámara de Bahía Blanca nuevas denuncias de víctimas que habían callado durante estos años, tal vez por temor, quizás por necesidad de borrar la herida con el silencio, o en muchos casos por frustración ante la impunidad impuesta durante tanto tiempo.
Estas víctimas, que han podido vencer el dolor y el temor, merecen el reconocimiento de la sociedad, también victimizada por el terrorismo de estado, porque su testimonio permitirá reconstruir y hacer conocer una historia que desde el poder se quiso tergiversar y desconocer.
También se han sumado a esta causa los casos cuya investigación estaba a cargo del Juzgado Federal de General Roca, por considerar la Cámara de dicha ciudad que en ellos tenía competencia el Juzgado Federal de Neuquén.
Hoy, la causa “Reinhold...” suma unas noventa víctimas, muchas de ellas en condición de desaparecidas

Ni el punto final, ni la obediencia debida

Luego de que los cusas por represión en la zona fueran remitidas a Bahía Blanca, la APDH Neuquén, con la abogada Mirta Mántaras, destacada profesional especialista en Derechos Humanos y en el Código de Justicia Militar, siguió el trámite de los juicios ante la Cámara de Bahía Blanca. Ya avanzado dicho trámite, fueron sancionadas las vergonzantes leyes de punto final y de obediencia debida, que pretendieron cerrar toda posibilidad de verdad y justicia.
Pero, la Dra. Mántaras planteó la inconstitucionalidad de la ley 23.521, llamada “de obediencia debida”, planteo que fue aceptado por el Fiscal Dr. Hugo Cañón y acogido por los jueces de la Cámara Federal de Bahía Blanca, que se constituyó así en el único tribunal del país que resolvió conforme a derecho y conciencia y no por oportunismo político. Lamentablemente, primó este último en la Corte Suprema de Justicia de aquellos años cuando decidió revocar la decisión de la Cámara y decretar la constitucionalidad de las infames leyes de impunidad, con la digna y solitaria disidencia del Dr. Baqué, quien renunció a su cargo en la Corte después de este fallo.
Revocada la resolución de la Cámara por la Corte, quedó interrumpida la persecución penal y frustrada la aspiración de juicio y castigo a los represores, responsables de un verdadero genocidio.
No obstante, en el organismo neuquino de derechos humanos no hubo resignación, no se guardaron en un cajón las constancias del horror para que quedaran olvidadas.
Noemí Labrune, uno de los miembros fundadores de la APDH, reunió los elementos de prueba obtenidos hasta ese momento y denunció a los represores de la zona en un libro de su autoría, cuyo título lo dice todo: “Buscados”.
Mientras tanto, el reclamo de la madre de una desaparecida (caso Lapacó) logra que la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconociera el “derecho a la verdad”, para víctimas, familiares y la sociedad toda, de lo sucedido durante el terrorismo de estado. Ello abrió la puerta a los llamados “juicios por el derecho a la verdad”, que se iniciaron primero en La Plata y luego en Bahía Blanca, este último impulsado por la APDH: de nuevo la construcción sin pausa de la memoria colectiva, contra viento y marea; es cierto que sin posibilidad de castigo, pero con la obligación de los represores de comparecer ante los jueces y la comunidad, aún cuando el pacto de silencio de los verdugos –que aún subsiste- negaba información.
Cabe señalar que del “Juicio por la verdad” de La Plata se desprendieron las causas contra Etchecolatz y Von Wernich (por no estar incluidos en la ley de obediencia debida). Hoy ambos tienen condena.En cuanto al juicio por la verdad de Bahía Blanca, el mismo fue una indudable experiencia movilizadora y una forma de sacar a la luz hechos que muchas personas preferían negar.

Acerca de la APDH Neuquén y los orígenes del juicio

A partir de la masiva violación de los derechos fundamentales de las personas en los años ´70, en todo el país se formaron organismos de derechos humanos, entre ellos las valerosas y queridas Madres de Plaza de Mayo, para reclamar información sobre las víctimas y denunciar los delitos que se estaban cometiendo.
En nuestra zona, el recordado y admirado obispo de Neuquén, don Jaime de Nevares, junto con un grupo de personas de gran valor, creó en nuestra ciudad en mayo de 1976 la APDH, primero como filial de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos nacional, de la que también fue fundador don Jaime, y luego, manteniendo los objetivos y principios de su creación, como organismo autónomo (Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén).
Fue el obispo y los integrantes de la APDH quienes recibieron las primeras denuncias de familiares y sobrevivientes, quienes los ayudaron en la búsqueda de los secuestrados, quienes los acompañaron para las presentaciones de hábeas corpus ante los jueces y los reclamos sin fin ante los propios verdugos, sin descanso aún durante la dictadura.
Con el advenimiento del primer gobierno constitucional en 1983, la APDH impulsó la instrucción de las causas penales para la investigación de los delitos cometidos, iniciadas a partir de las denuncias realizadas ante ese organismo y ante las Comisiones Legislativas de Derechos Humanos, tanto de Río Negro como de Neuquén, como así en base a los hábeas corpus presentados en su momento por los familiares.
Para ello mantuvo contenedora y afectuosa relación con víctimas y familiares, buscó la colaboración de abogados de buena voluntad, solicitó el aporte de toda persona comprometida con la dignidad humana y la justicia.

Los casos que en ese entonces eran tramitados ante el Juzgado Federal de Neuquén fueron remitidos a la Cámara Federal de Bahía Blanca, por tener ésta jurisdicción en la Zona V cuya sede es el V Cuerpo de Ejército en la misma ciudad, previo paso obligado por los tribunales militares, por aplicación del art. 10 de la Ley 23.049.

viernes, 18 de julio de 2008

“LA ESCUELITA”: centro clandestino de detención y exterminio

El país estuvo dividido en 5 zonas de seguridad y funcionaron más de 500 centros clandestinos de detención.

El centro clandestino “La Escuelita” dependía de la subzona 52 con asiento en el Comando de la VI Brigada de Infantería de Montaña y funcionó en un terreno del Ejército aledaño al Batallón de Ingenieros de Construcciones 181 emplazado en la ciudad de Neuquén.

A este lugar se lo denominaba “Canta Claro” o el lugar adonde se enseña a hablar, por eso era LA ESCUELITA donde los secuestrados clandestinamente por el aparato represivo eran torturados hasta su agotamiento físico y psicológico.

Algunos del los sobrevivientes acompañaron a organismos de Derechos Humanos a inspeccionar La Escuelita en 1984. El juzgado dispuso la medida de “no innovar”, desobedeciéndola, el Ejército Argentino demolió el edificio con la intención de borrar pruebas y sepultar en el olvido sus atrocidades.

El procesamiento de los responsables del genocidio y el acompañamiento de la comunidad a los querellantes en el Juicio Oral y Público, demuestra que la dictadura militar ha fracasado en imponernos su “pacto de silencio”




¿Qué significó el plan genocida?

El 24 de marzo de 1976 se impuso, alentado por el imperialismo, el más sangriento golpe militar como otros tantos en América Latina. Ya antes del golpe, en la Argentina, la Triple A asesino a activistas obreros, intelectuales, diputados, abogados, etc. Y sería el anticipo de lo que vendría.

La detención ilegal, la tortura, la desaparición de personas y la apropiación de hijos nacidos en cautiverio, fueron las formas de llevar adelante el Genocidio, que tuvo como objetivo la instauración de un nuevo orden social, cultural y sobre todo, económico que vivimos hoy.

La impunidad de los genocidas en la dictadura continuó en los gobiernos constitucionales. Las leyes de obediencia debida, punto final e indulto garantizaron durante años esa impunidad.

La impunidad que continúa hoy cuando son juzgados solo unos pocos represores y muchos de ellos se encuentran con prisión domiciliaria o en condiciones de detención VIP.

La desaparición de Julio López, testigo clave en el juicio de Etchecolatz, demuestra que el aparato represivo continua impune, y que los genocidas no están dispuestos a que se rompa el pacto de silencio llegando incluso al asesinato, como el envenenamiento del prefecto Febres para impedir que declare.

Mucho menos se ha avanzado en juzgar a los civiles cómplices (empresarios, sindicalistas, integrantes de la iglesia, etc.) que apoyaron el golpe.